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Criterios e Información para cumplimentar las Solicitudes de Escolarización


1.-PLAZO:


   -   El plazo de escolarización: es del 15 de marzo al 29 de marzo de 2010.

2.-REQUISITOS PREVIOS: 

Las Escuelas Infantiles Municipales son un servicio del Ayuntamiento de Valladolid para los vecinos del municipio, por lo cual el Ayuntamiento comprobará internamente que los solicitantes y sus padres estén empadronados en este municipio antes del inicio de la escolarización (15 de marzo de 2010), quien no cumpla este requisito quedará excluido. La escolarización incluye A LOS NIÑOS/AS NACIDOS EN EL 2008, 2009 Y DEL 1 DE ENERO AL 30 ABRIL DE 2010. 

3.-SOLICITUDES NORMALIZADAS: 

Se facilitarán en cada Escuela Infantil Municipal, en el Servicio Municipal de Educación y a través de web municipal www.ava.es/educacion. Para incorporarse al proceso de escolarización  sólo se admitirá una única solicitud. En ella se especificará  en primer lugar la escuela deseada y como segunda opción, si se quiere, puede señalarse otra escuela. Los alumnos solicitantes aparecerán en las listas de la escuela que seleccionen en primer  lugar. La segunda opción, si procede, se resolverá y comunicará  una vez que se hayan producido vacantes y haya concluido el periodo de matriculaciones. La solicitud deberá presentarse en la Escuela Municipal que aparezca como primera opción o en el Servicio Municipal de Educación y deberá ir acompañada de la documentación correspondiente, original, fotocopia compulsada o fotocopia cotejada por la administración municipal. 


4.-DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: 

 Se  destaca lo siguiente: 

A)  En cuanto a la documentación justificativa de la situación familiar:
El Libro de Familia, respecto a los aún no nacidos en el momento de la solicitud,  podrá aportarse hasta el día 5 de mayo en el Servicio de Educación (C/ San Benito-1, 2ª planta, puerta 49). El Título de Familia Numerosa deberá estar actualizado. La acreditación de la situación de familia monoparental se hará del siguiente modo: En los casos de separación, divorcio o nulidad o un solo adoptante, con la sentencia o resolución judicial. En los supuestos de reconocimiento por un solo progenitor o viudedad, con documentación justificativa suficiente.  Para los supuestos de familia monoparental distintos a los anteriores, será necesario presentar Certificado de Convivencia.
Se recuerda también: Que las situaciones de Parto múltiple para tenerse en cuenta es necesario que los nacidos  sean sujetos de esta escolarización. Que todos los niños/as con Necesidades Educativas Especiales, deberán estar reconocidos por el Equipo de Atención Temprana de la Dirección Provincial de Educación.  

B) Documentación justificativa de la situación económica y laboral
Destacamos las siguientes situaciones: Trabajadores por cuenta ajena: última nómina y Certificado de empresa del año 2009 en el que conste los ingresos brutos y la jornada laboral (horas/semana). Trabajadores autónomos: Pagos fraccionados del año 2009 y primer trimestre del 2010, y última nómina si procede. Las personas empleadas del hogar deberán estar dadas de alta en la Seguridad Social. Situaciones de baja maternal, pensionistas...se aportará  informe de prestaciones de la Seguridad Social. Situaciones de paro, se presentarán los dos certificados del Servicio Público de Empleo de Castilla y León (ecyl) en el que consten: La situación actual de Alta. Si cobra o no prestaciones. En el caso afirmativo es necesario que venga expresado la  cuantía. Situaciones de excedencia, se incluirá el certificado de la empresa en el que se indique la fecha de la incorporación. En caso de excedencia sin fecha de incorporación es imprescindible declaración jurada de la intención de incorporación al trabajo antes del inicio del curso escolar. Al inicio del mismo, se verificará (con nóminas, certificados...) las situaciones en las que se haya dado puntos por trabajo, y si ésta no fuera suficiente para entrar se anulará la concesión de la plaza en la Escuela. En los casos de padres que ya no convivan juntos (nulidad matrimonial, separación o divorcio), se considerará la renta de quien ejerza la patria potestad más los ingresos que aporte la otra parte. Deberán presentar la resolución judicial sobre pensión alimenticia. En caso de cursar estudios oficiales, se exige certificación que acredite tal circunstancia para el curso 2009/10 en el que se especifique las asignaturas (sólo se valorará en caso de no trabajar). 

C) Documentación justificativa de la situación de proximidad: A efectos de valoración se tendrá en cuenta: El domicilio de la unidad familiar que será verificado internamente por el Ayuntamiento. En su caso, el domicilio de trabajo de alguno de los padres que figure en la documentación laboral aportada o en su defecto con certificado que lo acredite. 

D) Solicitudes de reserva de plaza (para los ya matriculados en año anterior): Se verificará internamente el mantenimiento del empadronamiento en el término municipal de Valladolid.



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